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FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE SUS UNIDADES U ÓRGANOS INTERNOS

Última Actualización :08-07-2025

Unidad u Órgano InternoFacultades, Funciones o AtribucionesFuente LegalEnlace a la publicación (o archivo) correspondienteFecha de Última Modificación
CONSEJO Condonar toda clase de intereses y castigar créditos incobrables. El castigo de créditos superiores a un mil unidades de fomento deberá contar con el voto favorable de los dos tercios del Consejo.Ley N° 20.241, Artículo 2° inciso cuarto.EnlaceSin Modificaciones
Delegar en el Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de este, en otros funcionarios de la Institución o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y resolución de materias determinadas.DFL 211, Artículo 7°, inciso tercero.EnlaceSin Modificaciones
Nombrar y remover, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo al Secretario General, por simple mayoría, y aceptar sus renuncia en igual forma;Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra n)EnlaceSin Modificaciones
Someter anualmente a la aprobación del Presidente de la República, los Presupuestos de Entradas y Gastos, la Planta del Personal y un Plan de inversiones de los recursos de la Corporación;Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra ñ)EnlaceSin Modificaciones
Acordar la adquisición de bienes muebles o inmuebles que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones, y constituir prenda, hipoteca o cualquier otro gravamen o caución;Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra o)EnlaceSin Modificaciones
Acordar, en casos especiales, a la propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, inversiones o colocaciones de los fondos disponibles de la CorporaciónReglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra p)EnlaceSin Modificaciones
Presentar anualmente al Presidente de la República una memoria relativa a la marcha de la Corporación y un Balance General de sus negocios;Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra r)EnlaceSin Modificaciones
Proponer al Presidente de la República, con el voto de los dos tercios de los miembros del Consejo, las reformas que fuere necesario introducir al presente Reglamento General, dictar los reglamentos internas o complementarios que se requieran;Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra s)EnlaceSin Modificaciones
Acordar todos los contratos, actos y operaciones que sean necesarios para la consecusión de Ios fines de la Corporación y que deban surtir efecto dentro o fuera del país.Reglamento General de la CORFO, Decreto 360, de 1945. Articulo 10 letra t)EnlaceSin Modificaciones
PRESIDENTE DEL CONSEJOPresidir las sesiones del Consejo y de todas las Comisiones Permanentes que el mismo Consejo designe.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 16 letra a).EnlaceSin Modificaciones
Citar al Consejo a sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 16 letra b).EnlaceSin Modificaciones
VICEPRESIDENTE EJECUTIVODelegar parte de sus facultades y conferir poderes especiales.DFL 211 de 1960, Artículo 7°, inciso final. EnlaceSin Modificaciones
Proponer al Consejo, para su aprobación, las facultades y obligaciones que deben corresponder a los funcionarios incluidos en la planta directiva de la entidad.DFL 211 de 1960, Artículo 8°, letra b). EnlaceSin Modificaciones
Contratar personal libremente, en cualquier época del año, cuando las necesidades del servicio lo requieran y con cargo a partidas determinadas del presupuesto.DFL 211 de 1960, Artículo 9°. EnlaceSin Modificaciones
Disponer los reemplazos que pertenezcan al personal Directivo de la Corporación. DFL 211 de 1960, Artículo 12°, inciso segundo. EnlaceSin Modificaciones
Efectuar los gastos que sean necesarios, a fin de proporcionar almuerzo al personal con régimen de jornada única de trabajo.DFL 211 de 1960, Artículo 17°. EnlaceSin Modificaciones
Citar al Consejo a sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra b).EnlaceSin Modificaciones
Imponerse de los negocios que se presenten a la Corporación y resolver los que deberán ser sometidos a la aprobación del Consejo.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17 letra c).EnlaceSin Modificaciones
Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos del Consejo.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra d).EnlaceSin Modificaciones
Representar legalmente a la Corporación, judicial y extrajudicialmente, con facultad para ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y suscribir todos los instrumentos públicos y privados que sean necesarios, pudiendo delegar y conferir poderes especiales.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra e).EnlaceSin Modificaciones
Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rijan la Corporación y de los acuerdos del Consejo.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra g).EnlaceSin Modificaciones
Proponer al Consejo el Presupuesto de Entradas y Gastos, Ia planta del personal, el Plan de Inversiones de Anual los recursos de Ia Corporación y someter a su aprobación los balances anuales.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra i).EnlaceSin Modificaciones
Presentar al Consejo una Memoria Anual de la Corporación.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra k).EnlaceSin Modificaciones
Ejercer las demás facultades que el Consejo le confiera.Decreto Supremo N° 360, de 1945, que aprueba el Reglamento General de la Corporación, Artículo 17° letra m).EnlaceSin Modificaciones
VICEPRESIDENCIA EJECUTIVALa Vicepresidencia Ejecutiva está a cargo del Vicepresidente Ejecutivo, quien es el jefe superior de la Corporación de Fomento de la Producción y ejerce la representación legal de la entidad. El Vicepresidente es el responsable de la conducción, orientación y ejecución de las políticas y tareas que corresponden a la Corporación, como de aquellas que le asignen las autoridades superiores del país, sin perjuicio de las atribuciones y responsabilidades que le competen al Consejo. Recaen en él, la integridad de las responsabilidades inherentes a las citadas funciones, aún cuando haya mediado delegación parcial de las facultades antes señaladas a uno o más de sus subordinados. Al Vicepresidente Ejecutivo le corresponderá, asimismo, atender, impulsar y realizar las operaciones de la Corporación, ajustándose a los Acuerdos del Consejo, leyes y reglamentos; la coordinación interna de recursos humanos y financieros; el estudio de los negocios que interesen a la economía nacional o al fomento productivo; y proponer e informar al Consejo de los proyectos que deberán someterse a su aprobación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 1.EnlaceSin Modificaciones
DIRECCIÓN DE DESARROLLO ESTRATÉGICODel Vicepresidente Ejecutivo dependerá la DIRECCIÓN DE DESARROLLO ESTRATÉGICO, la que tiene como propósito apoyar al Vicepresidente Ejecutivo en el diseño, seguimiento y evaluación de los Programas de Desarrollo Productivo que implementará la institución; generar y proveer información de valor para apoyar la toma de decisiones que permitan mejorar el impacto de los programas y realizar los estudios estratégicos que orienten los programas institucionales. Res Exenta N° 857del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 1.EnlaceSin Modificaciones
UNIDAD DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS Y DISEÑOLe corresponderá generar y difundir información relevante, que resulte de los estudios y consultorías de mediano y largo plazo que digan relación con los fines de la Corporación, con el objeto de contribuir a la toma de decisiones de la Vicepresidencia Ejecutiva y Gerencias de negocio, para la formulación y mejoramiento de la estrategia institucional. Entre sus funciones principales están: 1. Alinear los estudios corporativos con la estrategia institucional. 2. Ofrecer apoyo técnico en la formulación y mejora de los instrumentos y programas de la Corporación. 3. Coordinar y servir de contraparte en los estudios relevantes para la formulación y mejora de los instrumentos y programas de la Corporación. 4. Administrar el presupuesto disponible para la realización de estudios de CORFO. 5. Proponer y/o impulsar iniciativas a ser desarrolladas por la Corporación y que contribuyan al logro de sus fines. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 1.EnlaceSin Modificaciones
UNIDAD DE EVALUACIÓN DE PROGRAMASLe corresponderá evaluar los resultados de los programas e instrumentos de CORFO, con el fin de retroalimentar a las Gerencias con información fidedigna y oportuna para el diseño y rediseño de estos mismos. Entre sus funciones principales están: 1. Implementar y mantener un sistema de evaluación de resultados e impacto de los instrumentos y programas de CORFO. 2. Ejecutar y/o coordinar las evaluaciones de resultados e impacto de los instrumentos y programas de CORFO, de sus Comités y de los Institutos Tecnológicos. 3. Apoyar metodológicamente a las Gerencias de negocio en la formulación y evaluación de instrumentos y programas. 4. Ser contraparte en las funciones de asistencia técnica y evaluación de Programas de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 1.EnlaceSin Modificaciones
Para cumplir con sus objetivos, la vicepresidencia Ejecutiva tendrá bajo su dependencia la Gerencia de Control Interno.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE CONTROL INTERNOA esta Gerencia le corresponde supervigilar que los sistemas de control interno funcionen en forma permanente, íntegra y efectiva, elaborando y perfeccionando los mecanismos que permitan, en forma rápida y oportuna, demostrar y reproducir la eficiencia y eficacia de la Corporación, utilizando para ello la información generada a través de su propio accionar. Le corresponderá especialmente:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
Evaluar en forma permanente el funcionamiento de los controles internos establecidos por la administración, y proponer medidas que tiendan a mejorar su efectividad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
Revisar el funcionamiento de la organización en su totalidad, mediante la implementación de un plan que considere las áreas críticas o de riesgo, es decir, aquellas que ante una vulneración en el sistema de control interno, pudieran producir errores o irregularidades, debilitando la gestión de la Entidad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
Sugerir medidas expeditas de corrección ante la detección de puntos débiles en la actividad de control de la Corporación, como también en el aspecto procedimental de la gestión administrativa de la misma en su integralidad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
Coordinarse con Fiscalía para asegurar que el funcionamiento de la Corporación esté en armonía con las normas que la rigen, para que aquélla actúe oportunamente cuando los controles jurídicos sean vulneradosRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Primero, Artículo 2.EnlaceSin Modificaciones
FISCALÍALa Fiscalía está a cargo del Fiscal, y le corresponde velar por la legalidad de los actos que ejecute la Corporación, de tal manera que ellos se encuadren dentro del principio de la legalidad de las actuaciones públicas; tiene a su cargo la defensa de los intereses de la Corporación ante cualquier Tribunal, y debe prestar asesoría jurídica al Consejo, al Vicepresidente Ejecutivo y demás reparticiones de la Institución. De la Fiscalía dependen la Gerencia Legal, la Subgerencia Legal, la Subgerencia Legal Financiera, y la Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Segundo, Artículo 3.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA LEGALLa Gerencia Legal está a cargo de un Gerente Legal y es responsable especialmente de las tareas operativas y de la coordinación con los abogados que presten servicios en otras áreas de la institución. En las unidades de la Corporación que lo requieran, habrá abogados que presten servicio directamente a esas áreas, los que, en todo caso, dependerán del Fiscal. La determinación de las funciones que requieran la intervención de abogados para un área, se hará conjuntamente entre quienes necesiten de esa atención y el Fiscal. Aquéllas iniciativas que son de responsabilidad exclusiva de la Fiscalía, o que la Vicepresidencia Ejecutiva le ha delegado, sólo podrán traspasarse con la anuencia de Fiscalía. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Segundo, Artículo 4.EnlaceSin Modificaciones
Subgerencia LegalA la Subgerencia Legal le corresponderá coordinar la labor de los abogados que presten servicios en la Fiscalía y desarrollar labores operativas encomendadas por el Fiscal y el Gerente Legal. Asimismo, tendrá a su cargo la asignación de trabajo a los distintos abogados y supervisión de proyectos de resolución, acuerdos, contratos e informes.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Segundo, Artículo 4.EnlaceSin Modificaciones
Subgerencia Legal FinancieraA la Subgerencia Legal Financiera le corresponderá prestar la asesoría jurídica requerida para la creación y operación de programas de financiamiento, garantías, instrumentos de cobertura o subsidios contingentes, y otros que sean administrados por la Gerencia de Inversión y FinanciamientoRes Exenta N° 857del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Segundo, Artículo 4.EnlaceSin Modificaciones
Subgerencia Legal de Innovacíon y Capacidades TecnológicasA la Subgerencia Legal de Innovación y Capacidades Tecnológicas le corresponderá prestar asesoría legal para la Gerencia de Innovación, el Comité Innova Chile y la Gerencia de Capacidades Tecnológicas. Asimismo, procurará coordinar la labor jurídica de las unidades de CORFO relacionadas a temas de innovación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Segundo, Artículo 4.EnlaceSin Modificaciones
SECRETARíA GENERALDepende administrativamente del Fiscal y está a cargo de un Secretario General, a quién le corresponderá actuar como Ministro de Fe de la Corporación y del Consejo de la misma, y cumplir las demás funciones que le asigne la normativa vigente. De la Secretaría General depende la Oficina de Partes de la Corporación, la que tendrá las siguientes funciones: Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Oficina de PartesRecibir toda la documentacion oficial dirigida a la Corporacion y sus Comites que asi lo requeran, darle numero de ingreso, ingresarla a la base de datos y distribuirla a sus destinatarios.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Oficializar la correspondencia  de CORFO y de sus Comités que así lo requieran, ingresarla a la base de datos y generar los despachos correspondientes por las vías pertinentes.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Oficializar los Acuerdos de los órganos colegiados de la Corporación, así como las resoluciones de sus autoridades, y enviar a la Contraloría General de la República aquellas que estén afectas al trámite de toma de razón.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Mantener y conservar los archivos de correspondencia, resoluciones y  acuerdos que oficializa la Oficina de Partes y el Archivo Institucional y de los Comités que lo requieran.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Enviar al Archivo Nacional los documentos que corresponda en atención a la época en que fueron emitidos y obtener de la misma entidad los originales o copias que sean requeridos por la Corporación. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Llevar a cabo los procesos de catalogación y conservar las bases de datos de los Archivos de CORFO Central, de sus Direcciones Regionales y de los Comités que así lo requieranRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
Administrar los sistemas informáticos que tienen por objeto facilitar la gestión y el acceso de los documentos en cuya oficialización debe intervenir la Oficina de Partes.  Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Tercero, Artículo 5.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA CORPORATIVALa Gerencia Corporativa tendrá como misión mejorar la gestión de CORFO, conduciendo sus procesos estratégicos, alineando y coordinando las acciones de todas las unidades de gestión para producir sinergia; asegurar la entrega efectiva de los servicios comprometidos a los clientes; y representar adecuadamente a la Corporación frente a otras instituciones, en Chile y en el extranjero. Entre sus funciones principales están: Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Impulsar la ejecución de las tareas definidas por el Vicepresidente Ejecutivo, facilitando y promoviendo la necesaria integración de las diferentes unidades participantes.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Realizar la coordinación interinstitucional con otras reparticiones públicas.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Coordinar los Comités creados de conformidad con el Artículo 7º del DFL N° 211, de 1960, y coordinar la relación de CORFO con el Servicio de Cooperación TécnicaRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Entregar los lineamientos corporativos a las Direcciones Regionales.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Conducir los procesos de planificación y gestión de los sistemas y proyectos de carácter corporativo.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Gestionar los sistemas de control de gestión de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Asumir la representación de la institución en áreas, actividades y oportunidades determinadas en el ámbito nacional e internacional.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Realizar la coordinación de los instrumentos y/o programas de la Corporación y las modificaciones a instrumentos existentes y el análisis corporativo de nuevos instrumentos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Contribuir a mejorar la oferta de valor de CORFO y la calidad de su servicio mediante la aplicación de técnicas de marketing.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Dirigir y coordinar la política comunicacional de CORFO a nivel nacional.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Diseñar e implementar la Estrategia de Comunicación de la Institución, dirigida a difundir su oferta y obtener el posicionamiento deseado.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Gestionar los canales de atención a clientes y ciudadanos, satisfaciendo sus requerimientos de información y servicios con calidad y oportunidad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Impulsar una política que transparente la labor de CORFO hacia la comunidad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Acercar el accionar de CORFO a sus clientes y a la ciudadanía, a través del estudio continuo de sus necesidades, el impulso a una atención de calidad, la provisión de información y canales de comunicación eficientes, el logro del posicionamiento deseado por la institución y la transparencia de su gestión ante la comunidad.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Apoyar al Vicepresidente Ejecutivo en la gestión y seguimiento de las acciones e iniciativas que se realicen en el ámbito internacional por la CorporaciónRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
Disponer las medidas administrativas necesarias para asegurar la efectividad de los mecanismos de participación ciudadana. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
1 Subgerencia de Planificación y Control de Gestión.Para cumplir con sus objetivos, la Gerencia Corporativa tendrá bajo su dependencia la “Subgerencia de Planificación y Control de Gestión”, la “Subgerencia de Comités y Regiones”, la “Subgerencia de Comunicaciones y Marketing”, la “Subgerencia de Personas y Desarrollo”, la “Dirección de Asuntos Internacionales”, la “Unidad de Clientes y Participación Ciudadana” y la “Unidad de Gestión de Activos no Financieros y Proyectos Especiales”. Sus principales funciones son:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6.EnlaceSin Modificaciones
1.    Centralizar y coordinar la dirección y/o gestión de los proyectos estratégicos de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6, Numero 1.EnlaceSin Modificaciones
2.    Implementar y mantener un sistema de control de gestión que permita hacer seguimiento y evaluación a los compromisos emanados de los procesos de planificación estratégica, formulación de convenios de desempeño o de transferencia que suscriba la Corporación y demás compromisos que se definan a nivel institucional. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6, Numero 2.EnlaceSin Modificaciones
3. Mantener un sistema de información de gestión a nivel institucional que apoye los procesos de control de gestión, monitoreo de programas y entrega de información de carácter público.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto acuerdos relativos a la organización de la Corporación y fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción. Párrafo Cuarto, Artículo 6, Numero 3EnlaceSin Modificaciones
4.  Generar información de gestión que sirva para la toma de decisiones a las autoridades institucionales, utilizando herramientas de inteligencia de negocios.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
5. Apoyar el diseño y desarrollo de proyectos de carácter corporativo que tengan una vinculación directa con la estrategia institucional definida.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 5.EnlaceSin Modificaciones
          Unidad de Control de Gestión Corporativa:De esta Subgerencia dependerá la “Unidad de Control de Gestión Corporativa”: Esta unidad será la responsable de mantener en funcionamiento un sistema de información de gestión que permita hacer seguimiento  a los compromisos institucionales de carácter operativo y/o  estratégicos según se le solicite;  realizar procesamiento de la información vinculada y generar reportes de gestión que apoyen la toma de decisiones de las autoridades de la institución.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
2 Subgerencia de Comités y Regiones.Esta Subgerencia tiene como misión apoyar y coordinar la ejecución de la estrategia institucional a nivel regional y de los Comités de la Corporación. De esta Subgerencia dependerán la “Unidad de Coordinación Regional” y la “Unidad de Coordinación de Comités de CORFO”.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 2.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Coordinación Regional.Esta Unidad tendrá a su cargo la relación, coordinación y comunicación con las Direcciones Regionales de CORFO, para asegurar una correcta vinculación entre el nivel nacional con el nivel regional. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Coordinación de Comites CORFO.Esta unidad tendrá a su cargo la coordinación con los Comités creados de conformidad con el artículo 7° del DFL N° 211 de 1960. Además será la responsable de diseñar, implementar y gestionar todos aquellos procesos que apoyen la vinculación entre la Corporación y los Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
Esta Subgerencia tiene como misión apoyar los objetivos y compromisos estratégicos de CORFO mediante acciones y canales de comunicación efectiva con los distintos públicos, y lograr el posicionamiento definido. De la “Subgerencia de Comunicaciones y Marketing” dependerán la “Unidad de Comunicaciones” y la “Unidad de Marketing”.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 3 .EnlaceSin Modificaciones
Esta Unidad tendrá las siguientes funciones principales:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
3 Subgerencia de Comunicaciones y Marketing.1. Dirigir y coordinar la implementación de la política comunicacional de CORFO a nivel central y regional, enfocado en la gestión de marca de la CorporaciónRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 1.EnlaceSin Modificaciones
2.    Implementar la Estrategia de Comunicación de CORFO, buscando el posicionamiento deseado y la eficaz difusión de su oferta.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 2.EnlaceSin Modificaciones
3. Cuidar y potenciar la imagen corporativa de CORFO.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 3.EnlaceSin Modificaciones
4. Apoyar a la Vicepresidencia Ejecutiva, las Gerencias de la Corporación, las Direcciones Regionales y los Comités creados de conformidad con el Artículo 7º del DFL N° 211, de 1960, en su quehacer comunicacional.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
5. Coordinar y apoyar a los equipos regionales de comunicación. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Tercero, Artículo 7, Número 5.EnlaceSin Modificaciones
6, Orientar a los equipos en la elaboración e implementación de planes de comunicación para las Direcciones Regionales y Gerencias de negocio,Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Tercero, Artículo 7, Número 6.EnlaceSin Modificaciones
7.  Difundir y gestionar eventos de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Comunicaciones 8.  Gestionar la relación de la Corporación con los medios de comunicación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7.EnlaceSin Modificaciones
Esta unidad de la Subgerencia tendrá como misión desarrollar la estrategia comercial y de marketing, dando a conocer los instrumentos, programas y beneficios que entrega la Corporación. Entre sus funciones principales están:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
1, Generar directrices para la imagen corporativa de CORFO y el diseño de la estrategia de posicionamiento de la Corporación a través de acciones de marketing.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 1.EnlaceSin Modificaciones
2. Cuidar y potenciar la imagen corporativa y gestión de marcas de la Corporación desde el punto de vista de la estrategia comercial y de marketing de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 2.EnlaceSin Modificaciones
3. Dirigir y coordinar la implementación de estrategias de marketing de CORFO a nivel central y regional, enfocado en la gestión de marca y sub marcas de la Corporación. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 3.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Marketing4. Velar por la correcta utilización y aplicación de la imagen corporativa, basada en el manual de normas gráficas de la Corporación. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
5. Validar piezas gráficas y campañas con el equipo de organismos externos, tales como el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y la Secretaría de Comunicaciones del Gobierno.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 5.EnlaceSin Modificaciones
6. Asesorar y apoyar a las Gerencias y Direcciones Regionales a través de insumos gráficos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6.EnlaceSin Modificaciones
De la “Subgerencia de Comunicaciones y Marketing” dependerá el Centro Colaborativo de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7.EnlaceSin Modificaciones
3 Subgerencia de Personas y DesarrolloEsta Subgerencia tendrá a su cargo proponer e implementar las políticas y los procesos de trabajo atingentes al modelo de gestión de personas de CORFO, con la finalidad de asegurar la disponibilidad de talentos, su atracción, retención, motivación y la gestión del conocimiento crítico de la Corporación, en un clima adecuado para la consecución de los objetivos estratégicos, promoviendo una cultura de colaboración interna que se refleje en el quehacer de las personas y equipos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
Se encarga de la gestión integral del personal de la Corporación y los Comités creados de conformidad con el Artículo 7º del DFL N° 211, de 1960, de conformidad a los lineamentos de gestión que les proporcione. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
De esta Subgerencia dependerán el “Departamento de Gestión de Personas”, el “Departamento de Desarrollo de Personas” y el “Departamento de Bienestar”. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
Departamento de Gestión de PersonasTiene por función asegurar que los procesos del ciclo de vida laboral bajo su responsabilidad, se ajusten íntegramente a la normativa legal vigente y políticas corporativas de recursos humanos, resguardando una adecuada relación entre funcionarios, sus representantes y la administración, apoyando la definición de una estructura organizativa que acompañe la estrategia de negocio vigente.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
Departamento de Desarrollo de PersonasTiene por objeto impulsar cambios en la cultura y liderazgo organizacional que permitan contar con trabajadores calificados, comprometidos y alineados con la estrategia del negocio, a través de políticas de desarrollo de los talentos y de la gestión del conocimiento de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
Departamento de BienestarPromueve el bienestar integral de los funcionarios de CORFO y su grupo familiar, mediante la administración de sistemas de beneficios y la articulación de programas y actividades que favorezcan su calidad de vida, asegurando una eficaz y controlada gestión de recursos financieros y de los activos bajo su administración.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
Direción de Asuntos InternacionalesEsta Dirección tiene como función acompañar y hacer seguimiento a las iniciativas y acciones que se realicen en el ámbito internacional, tanto a nivel corporativo como a nivel gerencial. Además es responsable de apoyar y hacer seguimiento a las diferentes actividades internacionales que involucran a la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 5.EnlaceSin Modificaciones
Esta Unidad será responsable de desarrollar la estrategia de orientación a Clientes (Usuarios) a través de profundizar en el conocimiento de los clientes y sus necesidades, el establecimiento de modelos de atención, la medición constante de su satisfacción y la satisfacción de sus requerimientos a través de los canales de atención. Entre sus funciones principales se encuentran:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6.EnlaceSin Modificaciones
a. Diseñar, gestionar y administrar los modelos corporativos de atención al cliente.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, letra a.EnlaceSin Modificaciones
b. Generar información de inteligencia de mercado y propuesta de segmentación a través de la exploración de bases de datos transaccionales de clientes, de manera de entregar a la organización información relevante acerca de los clientes para la adecuación de la oferta de valor.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, Letra b.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Clientes y Participación Ciudadana.c. Diseñar, gestionar y administrar de manera sistemática, las métricas de medición de satisfacción de clientes.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, Letra c.EnlaceSin Modificaciones
d. Ser responsable del sistema integrado de información y atención ciudadana.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, Letra d.EnlaceSin Modificaciones
e. Gestionar y coordinar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la Ley N°20.285.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, Letra e.EnlaceSin Modificaciones
f. Proponer e implementar las medidas tendientes a asegurar mecanismos de Participación Ciudadana.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 6, Letra f.EnlaceSin Modificaciones
Esta Unidad tiene como propósito proponer, implementar y supervisar las políticas corporativas que permitan gestionar los activos no financieros de la Corporación y la gestión de proyectos especiales. En particular, le corresponderá las siguientes funciones: Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7.EnlaceSin Modificaciones
a) Proponer y supervisar la implementación de políticas corporativas relativas a la gestión de activos no financieros tales como inmuebles, acciones o derechos de CORFO en sociedades, pertenencias mineras y derechos de agua.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra a.EnlaceSin Modificaciones
b) Conducir los lineamientos y coordinar la gestión de los activos no financieros antes referidos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra b.EnlaceSin Modificaciones
Unidad de Gestión de Activos No Financieros y Proyectos Especialesc)  Preparar y conducir los procesos de enajenación de los activos no financieros de la Corporación, cuando así haya sido resuelto por el Consejo de CORFO.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra c.EnlaceSin Modificaciones
d) Producir y analizar la información de gestión y de evaluación para la toma de decisiones sobre activos no financieros y proyectos especiales.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra d.EnlaceSin Modificaciones
e)  Coordinar a las distintas unidades de la Corporación en la estructuración de iniciativas y proyectos sobre activos no financieros.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra e.EnlaceSin Modificaciones
f)  Desarrollar e implementar proyectos especiales que el Gerente Corporativo le encomiende.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Cuarto, Artículo 7, Número 7, letra f.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZASLa Gerencia de Administración y Finanzas es la encargada de coordinar la función de proveer el apoyo en las áreas operativas, el manejo de las finanzas y la preservación del patrimonio de la Corporación. Para cumplir con ese objetivo, la Gerencia operará con la “Subgerencia de Administración”, la “Subgerencia de Finanzas” y la “Unidad de Gestión Patrimonial”, todas las cuales dependen directamente de la Gerencia.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8.EnlaceSin Modificaciones
1, Subgerencia de AdministraciónTiene como función principal planificar, ejecutar y controlar las tareas de aprovisionamiento, distribución y administración de recursos materiales y servicios para toda la Institución. También deberá velar por la adecuada mantención y seguridad de todos los activos de la Corporación. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 1.EnlaceSin Modificaciones
2, Subgerencia FinanzasEsta Subgerencia es la responsable de la obtención de los recursos financieros, de acuerdo a las Políticas y Programas establecidos por la Corporación, respondiendo además por la óptima asignación y administración de esos recursos, según los correspondientes presupuestos, tanto como para el corto, mediano y largo plazo. Las Unidades que componen la “Subgerencia de Finanzas” son las siguientes:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 2.EnlaceSin Modificaciones
a) Unidad de TesoreríaSu función es la de pagar y recibir pagos por los diferentes conceptos que se manejan en la Corporación; realizar la programación de caja; administrar el riesgo operativo de las inversiones que ejecute la Corporación y custodiar valores que se encuentren en poder de ésta. También tendrá las funciones de gestionar cobranzas y de regularizar todos los casos de cartera de primer piso en poder de la Corporación, con el objetivo de recuperar préstamos, o bien licitarlos a la banca.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 2, letra a.EnlaceSin Modificaciones
b) Unidad de ContabilidadSu función es el registro contable y presupuestario de los movimientos financieros de la Corporación; debe preparar y elaborar los informes de estados financieros que ésta debe presentar a entidades externas, así como todos aquellos que requiera para su administración.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 2, letra b.EnlaceSin Modificaciones
c) Unidad de PresupuestoSu función consiste en asegurar la obtención, administración, y óptima asignación interna de los recursos presupuestarios, debiendo además velar por el cumplimiento de la Ley de Presupuestos. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 2, letra c.EnlaceSin Modificaciones
d) Unidad de ControlEsta Unidad tendrá como función controlar la línea final de pago y el cumplimiento de normas, estándares y procedimientos financieros establecidos por la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 2, letra d.EnlaceSin Modificaciones
3 Unidad de Gestión PatrimonialEsta Unidad tiene como objetivo principal administrar los recursos financieros de la Corporación, respondiendo a tres objetivos centrales: preservación de capital, liquidez y maximización de retorno. Le corresponderá especialmente ejercer las siguientes funciones:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 3.EnlaceSin Modificaciones
a) Delinear y proponer las estrategias en el manejo de los recursos financieros de CORFO.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 3, letra a.EnlaceSin Modificaciones
b)    Elaboración de políticas de inversiones para las carteras administradas.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 3, letra b.EnlaceSin Modificaciones
c) Desarrollo, implementación y control de los procesos de externalización de la administración de recursos financieros.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 3, letra c.EnlaceSin Modificaciones
d)    Planificación financiera, planificación de riesgo, rentabilidad y planificación presupuestaria de la cartera de inversiones.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 8, Numero 3, letra d.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE INVERSION Y FINANCIAMENTOLa Gerencia de Inversión y Financiamiento cumple la función de banca de segundo piso de la Corporación, a través de la provisión de recursos a los bancos y a otras entidades intermediarias, para facilitar el financiamiento de las actividades productivas de las empresas privadas y las personas. Podrá cumplir esa función también para programas de otras entidades públicas por encargo de éstas. Le corresponde, asimismo, la operación de otros instrumentos que apoyen a las empresas para acceder a financiamiento y que contribuyan a corregir fallas del mercado. Para el cumplimiento de sus funciones, deberá coordinarse con instituciones financieras nacionales y extranjeras, ministerios e instituciones de los sectores público y privado. Le corresponderá especialmente ejercer las siguientes funciones:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Quinto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
1.      Desarrollar y ejecutar los programas e instrumentos que operen a través de instituciones financieras intermediarias que faciliten la inversión y, en general, propendan a facilitar el financiamiento de la actividad productiva de las empresas privadas, con énfasis en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas;Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9, Número 1.EnlaceSin Modificaciones
2.      Difundir y promover en el sistema financiero y en el ámbito empresarial las alternativas de instrumentos disponibles;Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9, Número 2.EnlaceSin Modificaciones
3.      Preparar los reglamentos y normas de asignación y desembolso de los recursos de los distintos programas;Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9, Número 3.EnlaceSin Modificaciones
4.      Ejecutar los contratos, desarrollar las acciones de su competencia tendientes a recuperar los recursos asignados y controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales;Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9, Número 4.EnlaceSin Modificaciones
5.      Administrar los convenios con instituciones financieras internacionales o extranjeras, incluyendo la preparación de informes y rendiciones respecto a los recursos aplicados.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9, Número 5.EnlaceSin Modificaciones
Para lograr sus objetivos, la Gerencia de Inversión y Financiamiento operará a través de la “Subgerencia de Inversión y Financiamiento”, la que tendrá a su cargo la gestión de los programas e instrumentos que opera la Gerencia. De esta Subgerencia dependerán las siguientes Unidades: Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
                               i.        Unidad de Operaciones.Le corresponderá la gestión presupuestaria, la operación, el control administrativo y el seguimiento de los Instrumentos que desarrolla y ejecuta la Gerencia.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
                               ii.        Unidad de Estudios y Diseño. Le corresponderá evaluar, diseñar y reformular planes y programas orientados a facilitar el financiamiento, especialmente, de las micro, pequeñas y medianas empresas, desarrollando o complementando aquellos mercados que muestren fallas o deficiencias. De igual modo, le corresponde monitorear la utilización de los programas y las carteras de operaciones que se hayan generado con el apoyo de los programas administrados por la Gerencia. También le corresponde llevar a cabo informes y estadísticas relevantes para la toma de decisiones de la Gerencia y de otras áreas relevantes de CORFO. En su funcionamiento deberá estar debidamente coordinada con la “Dirección de Desarrollo Estratégico”.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
                               iii.        Unidad de Inversiones.Tendrá a su cargo la operación de los Programas e instrumentos tendientes a facilitar la inversión fundamentalmente de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, a través de Fondos de Inversión, Instrumentos de Capital de Riesgo y otras modalidades análogas que se desarrollen en los mercados financieros.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
                               iv.        Unidad Comercial.Tendrá a su cargo la relación con los intermediarios financieros que operan los distintos Programas de Cobertura y Financiamiento de la Corporación, y a su vez ejecutar los Programas vigentes en dichas áreas.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
v. Unidad de Inteligencia de Producto.Le corresponderá el diseño, implementación y mantención de los procesos operativos que permitan la puesta en marcha y apoyo permanente en la administración de los programas que desarrolla y ejecuta la Gerencia. Asimismo, dicha Unidad se encargará de actuar de contraparte en los proyectos informáticos que la Gerencia requiera.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
vi. Unidad de Riesgo.Le corresponderá el diseño, implementación y mantención de los procesos operativos que permitan la puesta en marcha y apoyo permanente en la administración de los programas que desarrolla y ejecuta la Gerencia. Asimismo, dicha Unidad se encargará de actuar de contraparte en los proyectos informáticos que la Gerencia requiera.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Párrafo Sexto, Artículo 9.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE DESARROLLO COMPETITIVOLa Gerencia de Desarrollo Competitivo tendrá por finalidad aumentar la productividad, calidad y oferta de valor de las empresas localizadas a lo largo del país, de manera de impulsar la competitividad y crecimiento de la economía, pudiendo para ello crear e implementar todos los programas e instrumentos necesarios. Dentro de sus funciones principales se encuentran: Dentro de sus funciones principales se encuentran:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10.EnlaceSin Modificaciones
1.    Implementar programas de especialización inteligente para la identificación sistemática de brechas de competitividad en sectores productivos, territorios y/o aquellas asociadas a plataformas transversales habilitantes, como también la posterior definición de acciones e iniciativas de articulación transversales para el cierre de las brechas de competitividad, por medio de instrumentos destinados a fortalecer y potenciar el ecosistema y a los agentes económicos asociados a cada programa. Estos instrumentos tendrán relación con temas de transferencia y extensionismo tecnológico, desarrollo de bienes públicos, bienes club, atracción de inversiones, asociatividad y capital humano. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10, Número 1.EnlaceSin Modificaciones
2.    Disponer de instrumentos y una red de apoyo a las empresas para potenciar su productividad, a través de la generación de redes, la asociatividad, el desarrollo del capital humano, las mejoras de gestión, la transferencia de tecnología, la internacionalización, la gestión de calidad, y, en general, acciones que permitan mejorar la oferta de valor de los productos y servicios generados. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10, Número 2.EnlaceSin Modificaciones
3.    Disponer de capacidades e instrumentos que faciliten y promuevan los procesos de inversión productiva en todo el territorio, conducentes a una mayor diversificación y sofisticación productiva de la economía nacional.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10, Número 3.EnlaceSin Modificaciones
Esta Gerencia desarrollará sus funciones, además, en coordinación con la “Subdirección de Difusión Tecnológica Entorno para la Innovación” del Comité Innova Chile. La Gerencia de Desarrollo Competitivo tendrá a su cargo las siguientes Subgerencia y Direcciones:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10.EnlaceSin Modificaciones
1. Subgerencia de Instrumentos CompetitivosEsta Subgerencia tiene por finalidad el desarrollo de instrumentos y otras acciones orientadas a apoyar la gestión de los programas selectivos tanto sectoriales, territoriales y habilitantes en materias de atracción de inversiones, extensionismo y transferencia tecnológica, brechas de capital humano, asociatividad y la generación de bienes públicos. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10.EnlaceSin Modificaciones
2.   Dirección de Operaciones y Red de Apoyo EmpresarialEsta Dirección tiene por finalidad brindar información y soporte a la Gerencia en temas presupuestarios y de control de gestión. Además coordinará y gestionará la plataforma territorial (Agentes Operadores Intermediarios - AOI) y la aplicación de instrumentos en las regiones, en coordinación con el Servicio de Cooperación Técnica. En particular será responsable del seguimiento de la puesta en marcha de los Programas Estratégicos y la operación de los Comités de Asignación Zonal de Fondos - CAZ.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10.EnlaceSin Modificaciones
3. Subgerencia de Programas EstratégicosEsta Subgerencia tiene por finalidad el diseño, implementación y gestión de programas selectivos y otras acciones complementarias orientadas a mejorar la competitividad de sectores o subsectores económicos, de territorios o macroregiones, y a través de acciones asociadas a plataformas habilitantes."Res Exenta N° 1.627 del 23/11/2016, ejecuta Acuerdo de Consejo N° 2.936, de 2016, que modifica el Acuerdo de Consejo N° 2.870, de 2015, que fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción, y modifica Resolución (e) N° 857, de 2015, de Corfo.EnlaceSin Modificaciones
4.   Dirección de InversionesEsta Dirección tiene por finalidad el diseño, implementación y gestión de programas y otras acciones  orientadas a catalizar inversiones para mejorar la competitividad de sectores o subsectores  económicos, de territorios o macroregiones.Res Exenta N° 857 del 27-05-20145, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Séptimo, Artículo 10.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE INNOVACIÓN Corresponderá a la Gerencia de Innovación gestionar y llevar adelante las acciones que deba desarrollar la Corporación con el propósito de promover la innovación empresarial, individual o asociativa, y en colaboración con entidades tecnológicas y universitarias, ya sea a partir del diseño y gestión de programas, instrumentos y acciones que apoyen proyectos, o la generación de capacidades en las empresas, y de la administración de la Ley N° 20.241 y sus modificaciones. Asimismo, desarrollará acciones para promover el desarrollo de prácticas y cultura de innovación en las empresas. Esta Gerencia tendrá a su cargo la Dirección Ejecutiva del Comité Innova Chile y el Gerente ejercerá, al mismo tiempo, las funciones de Director Ejecutivo de dicho Comité, las que se detallan en su Reglamento.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Octavo, Artículo 11.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE CAPACIDADES TECNOLOGICASLa Gerencia de Capacidades Tecnológicas tiene por finalidad el desarrollo de programas, instrumentos y otras acciones orientadas a fortalecer las capacidades de transferencia, adaptación, desarrollo y difusión de tecnologías para apoyar la innovación empresarial y la creación de capacidades tecnológicas para el desarrollo de bienes públicos necesarios para el desarrollo productivo y fortalecimiento de las capacidades regulatorias del Estado.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
La Gerencia de Capacidades Tecnológicas tiene por finalidad el desarrollo de programas, instrumentos y otras acciones orientadas a fortalecer las capacidades de transferencia, adaptación, desarrollo y difusión de tecnologías para apoyar la innovación empresarial y la creación de capacidades tecnológicas para el desarrollo de bienes públicos necesarios para el desarrollo productivo y fortalecimiento de las capacidades regulatorias del Estado. La Gerencia tendrá a su cargo las siguientes Subgerencias, Direcciones y Unidades:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
1. Subgerencia de Transferencia TecnológicaEsta Subgerencia estará encargada de fortalecer las capacidades de gestión de propiedad intelectual, comercialización y transferencia de tecnología en los actores del Sistema Nacional de Innovación, mediante el desarrollo de programas de largo plazo y alto impacto.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
2. Dirección de Desarrollo TecnológicoEsta Dirección estará encargada de fortalecer la relación Universidades-Centros Tecnológicos-Empresas, mediante el desarrollo de programas tecnológicos con visión de largo plazo y alto impacto en sectores estratégicos, con especial énfasis en los ámbitos de ingeniería y ciencias físicasRes Exenta N° 1.627 del 23/11/2016, ejecuta Acuerdo de Consejo N° 2.936, de 2016, que modifica el Acuerdo de Consejo N° 2.870, de 2015, que fija nuevo texto sobre organización y descripción general de funciones y coordinación de la Corporación de Fomento de la Producción, y modifica Resolución (e) N° 857, de 2015, de Corfo.EnlaceSin Modificaciones
3. Dirección de Programas Tecnológicos Esta Dirección será la encargada de  fortalecer la relación Universidades-Centros Tecnológicos-Empresas, mediante el desarrollo de programas tecnológicos con visión de largo plazo y alto impacto en sectores asociados a ciencias de la vida.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
4. Dirección de Centros TecnológicosEsta Dirección será la encargada de contribuir al desarrollo de capacidades tecnológicas habilitantes para la innovación y para la creación de bienes públicos para la competitividad. Además, elaborará y supervisará los convenios de desempeño con los Institutos Tecnológicos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
5. Unidad de Diseño e Inteligencia TecnológicaEsta Unidad tiene como misión apoyar el diseño de los Programas de la Gerencia y realizar el monitoreo y evaluación de resultados e impactos de los Programas en coordinación con la Dirección de Desarrollo Estratégico. Además, se encarga de la implementación de la planificación estratégica de la Gerencia y del desarrollo de capacidades de Inteligencia Tecnológica (Vigilancia y Prospectiva).Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
6. Unidad de Operaciones y Control de GestiónEsta Unidad será la encargada de la administración y coordinación de las actividades de los diversos programas a cargo de la Gerencia, tales como la planificación y ejecución presupuestaria, los procedimientos operacionales, la gestión de cumplimiento de metas, el soporte en plataformas informáticas y todo lo relacionado con apoyo logístico y administrativo de la Gerencia.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Noveno, Artículo 12.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE PROCESOS, OPERACIONES Y TECNOLOGIALa Gerencia de Procesos, Operaciones y Tecnología tiene como misión identificar, junto a las áreas de negocio y clientes internos, cuáles son los procesos que representan el mayor costo para la institución, y diseñar e implementar las mejoras y tecnologías que permitan operar de manera efectiva y eficiente. Sus principales funciones serán:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
1. Diseñar y optimizar los procesos de apoyo al negocio de la Corporación, velando por su coherencia con los objetivos estratégicos definidosRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
2.   Definir y proveer los sistemas informáticos adecuados para el logro de los objetivos de la Corporación y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
3.   Realizar el seguimiento y control financiero de los proyectos y programas financiados por CORFO y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
4.   Dictar, aprobar, modificar o dejar sin efecto instrucciones operativas, generales o especiales, relativas a la rendición y seguimiento financiero de los proyectos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
5.   Coordinar la aplicación de normas y criterios uniformes relativos al seguimiento y control financiero a nivel nacional, e instruir en relación a estas materias a los funcionarios que se desempeñen en CORFO, sus Comités y Direcciones Regionales. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
6. Definir y actualizar las políticas y planes informáticos de la Corporación y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
7. Velar por el correcto funcionamiento, homogeneidad y continua adecuación a los requerimientos operativos de la Corporación y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
8.   Preparar y supervisar el diseño y ejecución del presupuesto de los sistemas de información y operaciones.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
9.   Gestionar proyectos especiales de fomento digital que sean requeridos a CORFO desde otras reparticiones del Estado, o por iniciativa de la Corporación, como parte de las Agendas de Modernización y de Gobierno Electrónico y de las políticas de fomento al desarrollo y uso de tecnologías de información y comunicaciones e inclusión digital. Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia contará con las siguientes Subgerencias y Unidades:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
1. Subgerencia de Procesos y Operaciones.A esta Subgerencia le corresponderá: i. Velar para que la Corporación y sus Comités cuenten con procesos adecuados, velando por su permanente optimización.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
ii.    Dirigir y coordinar la gestión para la realización del control financiero de los proyectos y programas apoyados por la Corporación, a través de sus Gerencias, sus Comités y Direcciones Regionales, en virtud de los instrumentos de financiamiento de los que disponen. Esta función comprenderá el seguimiento financiero de los proyectos y programas, incluida la rendición de cuentas presentada por los beneficiarios de éstos; el cumplimiento de los plazos asociados a los procesos existentes; la verificación de la ejecución de los compromisos asumidos y cumplimiento de las etapas que contemplan los proyectos y programas, y en general, las gestiones que permitan verificar que las iniciativas se lleven a cabo correctamente.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
De la “Subgerencia de Procesos y Operaciones” dependerán la “Unidad de Procesos” y la “Unidad de Seguimiento Financiero”. A cada una de ellas le corresponderá: De la “Subgerencia de Procesos y Operaciones” dependerán la “Unidad de Procesos” y la “Unidad de Seguimiento Financiero”. A cada una de ellas le corresponderá:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
a)      Unidad de Procesos: De conformidad con lo señalado en el numeral i. anterior, sus principales funciones son diseñar, implementar y comunicar procesos estándares y simples que busquen aumentar la eficiencia y mejorar la experiencia de los usuarios de CORFO. Su rol es traducir problemas y oportunidades de negocio en mejoras de procesos y sistemas.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
b) Unidad de Seguimiento FinancieroSegún lo dispuesto en el numeral ii anterior, sus principales funciones son proveer un servicio de apoyo a la revisión de las rendiciones de los programas, asegurando el buen uso de los fondos públicos en la ejecución de transferencias a privados y un adecuado manejo de riesgos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
1. Subgerencia de Tecnología.A esta Subgerencia le corresponderá planificar, organizar, dirigir, desarrollar, implementar y ejecutar los sistemas informáticos requeridos por la Corporación y sus Comités, así como operar y administrar la plataforma e infraestructura tecnológica. Entre sus labores se encuentran:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
i.    Velar para que la Corporación y sus Comités cuenten con sistemas informáticos adecuados, evaluando permanentemente la factibilidad de incorporar nuevas tecnologías.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
ii.    Dirigir y coordinar la implantación y operación del Sistema de Gestión de Calidad al interior de la Unidad y la coordinación con las demás unidades corporativas en la materia.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
 iii.    Apoyar a la Gerencia en la ejecución del Plan Informático de la Corporación y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
iv.    Contar con y administrar el plan de contingencia que permita a los servidores o computadores centrales otorgar servicios en forma normal y continua.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
v.    Contar con un plan de respaldos informáticos y los ambientes de explotación correspondientes.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
vi.    Proveer los servicios e infraestructura informática a todas las unidades y dependencias operativas de la Corporación y sus Comités.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
vii.    Velar por el correcto funcionamiento de la plataforma tecnológica de la Corporación y sus Comités, incluyendo los servicios de telefonía e intercomunicación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
viii.    Asegurar la mantención de Hardware y Software del parque informático de la Corporación y sus Comités y asesorarlos en materia de sistemas y softwares requeridos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
ix.    Definir las políticas y elaborar y ejecutar los planes de seguridad de la información.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
x. x. Dirigir, ejecutar y supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos informáticos, redes y comunicaciones que permitan optimizar su rendimiento.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
De la “Subgerencia de Tecnología” dependerán la “Unidad de Integración”, la “Unidad de Proyectos”, la “Unidad de Continuidad Operativa” y la “Unidad SAP”. Las funciones de cada una de estas Unidades son:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Decimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
a)    Unidad de Integración.Definir y asegurar el cumplimiento de políticas y estándares de soluciones informáticas eficientes y de calidad, obteniendo el máximo provecho de los sistemas informáticos con que cuenta la Corporación, fomentando su reutilización e integración para el diseño de nuevas soluciones.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
b)    Unidad de Proyectos.Administrar la cartera de proyectos de desarrollo de sistemas de información, con el objeto de dar cumplimiento a los tiempos y recursos asignados a cada uno de ellos, a través de una gestión activa con los diferentes actores involucrados.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
c) Unidad de Continuidad Operativa.Mantener y dar soporte a los recursos tecnológicos de CORFO, velando por el cumplimiento de los estándares de disponibilidad y seguridad informática.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
d) Unidad SAP.Mejorar y mantener operativa la plataforma SAP y sus funcionalidades, velando en forma permanente por el cumplimiento de los niveles de servicios.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
3. Subgerencia de Proyectos Especiales de Fomento Digital.A esta Subgerencia le corresponderá gestionar los proyectos especiales de fomento digital que sean requeridos a CORFO desde otras reparticiones del Estado, o por iniciativa de la Corporación, como parte de las Agendas de Modernización y de Gobierno Electrónico y de las políticas de fomento al desarrollo y uso de tecnologías de información y comunicaciones e inclusión digital. Entre sus labores se encuentran:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
i.     Desarrollar una estrategia para ejecutar los proyectos de fomento digital, ya sea por encargo de otras reparticiones del Estado o por iniciativa de la Corporación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
ii.    Definir el alcance y plan de trabajo de los proyectos de fomento digital.   Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
iii.     Gestionar los presupuestos y plazos para llevar adelante los proyectos definidos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
vi.     Definir los recursos para el correcto desarrollo de los proyectos encargados.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
v.   Implementar las estructuras de dirección y mecanismos de control que permitan asegurar el cumplimiento de los compromisos que derivan de los proyectosRes Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
vi.        Desarrollar análisis de riesgos y planes de mitigación para la correcta implementación de los proyectos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
vii.        Asegurar que la cartera de proyectos cuente con una adecuada gestión del cambio para su implementación.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
viii.        Dirigir los equipos de implementación de la cartera de proyectos en desarrollo.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
ix.        Informar a la Gerencia de Procesos, Operaciones y Tecnología sobre la marcha de los proyectos. Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Décimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
GERENCIA DE EMPRENDIMIENTOLa Gerencia de Emprendimiento tiene por finalidad facilitar la puesta en marcha y desarrollo de nuevas empresas, a través de programas, instrumentos y otras acciones que apoyen el financiamiento, crecimiento e internacionalización de los emprendimientos nacionales; así como también el fomento y potenciamiento de ecosistemas de emprendimiento, a través de programas, instrumentos y otras acciones que fortalezcan los ecosistemas regionales, aumenten las redes y plataformas de apoyo, y faciliten las etapas iniciales de un emprendimiento. Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia contará con las siguientes Subgerencias y Unidad:Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Undecimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
Subgerencia de Financiamiento Temprano de EmprendimientosQue tiene a su cargo la gestión de programas, instrumentos y demás acciones que tengan por objeto facilitar la puesta en marcha y desarrollo de nuevos emprendimientos.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Undecimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
Subgerencia de Ecosistemas de EmprendimientoQue tiene a su cargo la gestión de programas, instrumentos y demás acciones que tengan por objeto fomentar y promover el ecosistema del emprendimiento nacional y regionales, para potenciar los sistemas y redes de apoyo al emprendimiento.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Undecimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
Unidad Programa Start-Up ChileQue tiene a su cargo la ejecución del Programa Start-Up Chile, el cual tiene por objeto fortalecer el entorno del emprendimiento, apoyando la cultura de innovación en Chile y conectándolo con el mundo a través de las redes locales e internacionales de los emprendedores.Res Exenta N° 857 del 27-05-2015, deja sin efecto resolución (E) N° 2013 de 2011 y sus modificaciones y aprueba organización y descripción general de funcionaes y coordinacion de la Corporación. Parrafo Undecimo, Artículo 13.EnlaceSin Modificaciones
COMITÉ DE INNOVACIÓN EN EL SECTOR PÚBLICOPromover, coordinar y fomentar la gestión de la innovación en el sector público, dando soluciones a las problemáticas y desafíos de sus distintos niveles y ámbitos de trabajo, de modo que éstas generen valor público que incida en la productividad y competitividad del país, dentro de la esfera de competencia de cada uno de los órganos.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.1 Enlace20170106
Promover, apoyar y difundir una cultura de innovación en el sector público como fuente de creación de valor público que genere impacto en la productividad y competitividad del país, a través de mejores prácticas tanto en el ámbito nacional como internacional.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra a). Enlace06-01-2017
Vincular a los organismos del sector público como actores relevantes dentro del ecosistema de innovación a nivel nacional e internacional, a fin de buscar las mejores soluciones a problemas públicos de alto impacto, y que incidan en la productividad y competitividad del país.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra b). Enlace06-01-2017
Generar y promover espacios colaborativos y participativos, donde los usuarios, funcionarios públicos, ciudadanos, emprendedores e innovadores, en general, puedan idear, conceptualizar, generar prototipos, implementar y/o escalar las propuestas de innovación para el sector público.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra c). Enlace06-01-2017
Apoyar las iniciativas orientadas a la implementación de proyectos y programas innovadores de alto impacto y valor público, que incidan en la productividad y/o competitividad del país.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra d). Enlace06-01-2017
Transferir y/o apoyar soluciones innovadoras que resuelvan problemas públicos comunes a otros organismos del sector.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra e). Enlace06-01-2017
Sistematizar experiencias, metodologías y procesos de innovación al interior del sector público, para fomentar prácticas innovadoras en el diseño y/o ejecución de políticas, programas y otras actividades propias de los órganos de la Administración del Estado.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra f). Enlace06-01-2017
Contribuir a la generación de capacidades, competencias y habilidades en el Estado, en materia de innovación.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra g). Enlace06-01-2017
Administrar, asignar y controlar los recursos que se le asignen para el cumplimiento de sus objetivos, sin perjuicio de la responsabilidad de cada Órgano.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra h). Enlace06-01-2017
Prestar asesoría y soporte experto a entidades del sector público, a través de diversas técnicas y herramientas, para apoyar el desarrollo de soluciones innovadoras a los problemas o desafíos públicos.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra i). Enlace06-01-2017
Monitorear los resultados y evaluar el impacto de las iniciativas que el Comité ejecute para el cumplimiento de sus fines.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 2.2, letra j). Enlace06-01-2017
CONSEJO ESTRATÉGICOTomar conocimiento de la Cuenta que presente ante él su Director Ejecutivo, fijar sus metas y resultados para cada año, y evaluar su desempeño.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 8, letra a). Enlace06-01-2017
Aprobar y/o modificar iniciativas de apoyo destinadas al cumplimiento de las finalidades del Comité, determinando el objetivo general de éstas y los resultados esperados, y estableciendo expresamente, en cada caso, si el Director Ejecutivo estará facultado para la creación de uno o más Instrumentos de Financiamiento. Asimismo, determinará el Subcomité, permanente o especial, encargado de definir los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 9 o siguiente y aquel que conocerá y resolverá acerca de las solicitudes de financiamiento presentadas a los respectivos Instrumentos de Financiamiento. Sin perjuicio del conocimiento entregado a los órganos señalados precedentemente, podrá además entregar el conocimiento total o parcial, y la correspondiente asignación de recursos de los Proyectos presentados a los Instrumentos de Financiamiento, a órganos colegiados a nivel regional, creados por el Consejo de CORFO, de acuerdo a las facultades que en cada caso se le otorguen.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 8, letra b).Enlace06-01-2017
Aprobar y/o modificar acciones y programas, individuales o conjuntos, destinados al cumplimiento de las finalidades del Comité.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 8, letra c).Enlace06-01-2017
Sin perjuicio de los órganos y atribuciones establecidos en el presente Reglamento, al Consejo Estratégico, a propuesta del Director Ejecutivo, le corresponderá fijar la organización del Comité, estableciendo el número, denominación, objeto y funciones de cada una de las Subdirecciones y Unidades necesarias para el desarrollo de la gestión del Comité y el cumplimiento de sus objetivos. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 8, letra d).Enlace06-01-2017
Supervisar y evaluar la implementación de sus distintos planes o políticas. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 8, letra e).Enlace06-01-2017
SUBCOMITÉSResolver fundadamente, previa evaluación, las solicitudes de financiamiento de proyectos o programas específicos, a propuesta de la autoridad competente. Asimismo, podrá establecer condiciones a los proyectos o programas específicos cuyo financiamiento fuere aprobado.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 9, letra a).Enlace06-01-2017
Resolver fundadamente, respecto de proyectos en ejecución, las solicitudes de modificaciones de monto de financiamiento y cambio de beneficiario, previo análisis de los antecedentes legales y técnicos pertinentes, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en las Bases que regulen el instrumento.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 9, letra b).Enlace06-01-2017
Definir y modificar, en relación a Iniciativas de apoyo aprobadas por el Consejo Estratégico de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8, letra b, precedente, los siguientes elementos técnicos: montos y porcentajes máximos de financiamiento, definición de los potenciales beneficiarios y criterios de evaluación. Si el Consejo Estratégico facultare al Director Ejecutivo para crear más de un Instrumento de Financiamiento, éste podrá omitir fundadamente uno o más criterios de evaluación, adecuándolos a la situación de una zona geográfica determinada, o a una temática en particular. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 9, letra c).Enlace06-01-2017
DIRECTOR EJECUTIVOEjecutar los Acuerdos que adopte el Consejo, actuando en pleno o en subcomité.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra a).Enlace06-01-2017
Proponer, previa evaluación técnica, la aprobación o rechazo de las solicitudes presentadas por los interesados para optar a los distintos beneficios aprobados por el Comité.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra b).Enlace06-01-2017
Suscribir los actos o contratos necesarios para la fiel ejecución de los Acuerdos del Consejo.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra c).Enlace06-01-2017
Proponer al Consejo Estratégico, el Subcomité, permanente o especial, encargado de definir los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 9o precedente. Crear, en base a los respectivos elementos técnicos definidos por el Subcomité, en forma simultánea o sucesiva, uno o más Instrumentos de Financiamiento, los cuales podrán tener alcance general o estar focalizados temática y/o geográficamente.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra d).Enlace06-01-2017
Aprobar el texto definitivo de las Bases, fijando, al menos, la denominación de los Instrumentos; sus objetivos específicos; plazo de ejecución; actividades financiables; montos y porcentajes definitivos de financiamiento, los que no podrán exceder de los máximos fijados por el Subcomité y los aspectos administrativos de que trata el literal siguiente. Asimismo, le corresponderá aprobar, dentro de su competencia, las modificaciones y textos refundidos de dichos instrumentos. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra f).Enlace06-01-2017
Aprobar Bases Administrativas Generales y/o Especiales, para los Instrumentos de Financiamiento del Comité, que regulen los aspectos administrativos que deben cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o la postulación misma, hasta el término de los respectivos convenios de subsidio. Asimismo, podrá aprobar sus modificaciones y el texto refundido de las mismas. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra g).Enlace06-01-2017
Proponer al Consejo Estratégico, el Subcomité, permanente o especial, u órgano colegiado, que conocerá y resolverá acerca de las solicitudes de financiamiento presentadas a los respectivos Instrumentos de Financiamiento.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra h).Enlace06-01-2017
Celebrar convenios de colaboración y de cooperación con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sus modificaciones y dictar las resoluciones que los aprueben. El Director Ejecutivo podrá, además, instruir al personal a su cargo para el seguimiento de los mismos.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra i).Enlace06-01-2017
Dictar, aprobar, modificar y derogar los reglamentos, instrucciones operativas e instructivos internos que estime necesarios para la adecuada organización y buena marcha del Comité, las Subdirecciones y unidades.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra j).Enlace06-01-2017
Celebrar los convenios de subsidio, sus modificaciones y dictar las Resoluciones que los aprueben.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra k).Enlace06-01-2017
Celebrar todos los actos jurídicos y contratos que sean necesarios para cumplir los objetivos del Comité y que no estén expresamente delegados en otro funcionario.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra l).Enlace06-01-2017
Efectuar las compras de bienes y contratación de servicios específicos del giro, conforme a la Ley No 19.886 y su Reglamento. Dentro de esta facultad, y sólo a modo ejemplar, podrá aprobar bases de licitación pública o privada, aprobar tratos directos, adjudicar procesos o recurrir a contratación a través de Convenios Marcos en el portal www.mercadopublico.cl, dictar todo tipo de resoluciones, y aprobar y celebrar los contratos pertinentes.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra m).Enlace06-01-2017
Celebrar contratos de mandatos; abrir y cerrar cuentas de depósitos; aceptar toda clase de cauciones, cancelar créditos y alzar prohibiciones o cauciones reales, por medio de instrumentos públicos o privados; cobrar y percibir lo que se adeude al Comité y otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; contratar boletas y pólizas de seguro; exigir rendición de cuentas, aprobarlas, objetarlas o rechazarlas; suscribir registros de importación, endosar y retirar documentos de embarque, pólizas de Aduana, certificados consulares, manifiestos y demás documentos que se requieran para la recepción de mercaderías; cobrar órdenes de pago, giros postales y retirar toda clase de correspondencia ordinaria o piezas certificadas postales, encomiendas y cuanto valor tenga destinado al Comité; arrendar cajas de seguridad, operar con ellas y poner término a su arrendamiento; abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, girar en ellas, efectuar depósitos, retirar talonarios; dar orden de no pago, girar, endosar, cobrar, protestar y cancelar cheques; girar, endosar, descontar, depositar, revalidar, prorrogar, protestar y cancelar, letras de cambio, pagarés o cualquier otro documento bancario o mercantil sean en cobranza, o para depósito y, en general, endosar documentos mercantiles o cualquier documento a la orden; reconocer o impugnar saldos y solicitar o autorizar cargos en dichas cuentas y, en general, efectuar todas las operaciones que son de común ocurrencia en el orden bancario. Todas las operaciones del orden bancario deberán llevar para su validez la firma de al menos dos funcionarios del Comité.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra n).Enlace06-01-2017
Contratar y finiquitar al personal profesional, técnico y administrativo que se considere necesario para ejecutar las actividades del Comité. Sin perjuicio de lo establecido por el Artículo 9 del decreto Ley No 1.953, de 1977, por el Artículo 62 de la Ley No 18.482, y en la resolución Conjunta No 5, de 2005, modificada por la No 138, de 2007, ambas de los Ministerios de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Hacienda, sus modificaciones o el texto que las remplace, los trabajadores dependientes que se contraten en uso de esta atribución tendrán carácter de particulares, rigiéndose por el Código del Trabajo y leyes complementarias, en los términos establecidos por la Contraloría General de la República en esta materia. Dentro de esta facultad, el Director Ejecutivo podrá disponer y contratar para los funcionarios del Comité, la capacitación que estime necesaria, como también dictar los actos relativos a temas laborales y de seguridad social.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra o).Enlace06-01-2017
Contratar personal y expertos nacionales o extranjeros sobre la base de honorarios, que poseen los conocimientos necesarios para desempeñar determinadas asesorías o trabajos especializados, sin perjuicio de las delegaciones que se realice en este ámbito a otros funcionarios de la Corporación.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra p).Enlace06-01-2017
Distribuir y organizar el trabajo de los profesionales y administrativos del Comité.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra q).Enlace06-01-2017
Difundir, cuando se estime conveniente, los resultados obtenidos en la ejecución de los proyectos apoyados. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra r).Enlace06-01-2017
Rectificar los errores de hecho de que puedan adolecer los Acuerdos del Consejo Estratégico, sea actuando en Pleno o en Subcomités.Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra s).Enlace06-01-2017
En relación a la evaluación y seguimiento de los proyectos relativos a los Programas y a los Instrumentos de Financiamiento: i. Calificar, previo a la evaluación técnica, la pertinencia de los proyectos presentados, rechazando aquellos que sean calificados fundadamente como "no pertinentes". ii. Evaluar los proyectos y programas presentados, en base al análisis efectuado por personal interno o externo. iii. Proponer al respectivo Subcomité u órgano designado, la aprobación o rechazo de las solicitudes de financiamiento presentadas por los interesados para optar a los distintos beneficios. Verificar el cumplimiento de las condiciones de formalización y/o adjudicación establecidas por el Subcomité u órgano competente, en relación a los proyectos aprobados, y su incorporación en la última versión de éstos. iv. Aprobar, previa petición fundada del beneficiario de un subsidio, o ratificar en su caso, las solicitudes de modificación de los elementos técnicos y presupuestarios de los proyectos, siempre que éstas no signifiquen la asignación de nuevos recursos. Asimismo, resolverá fundadamente, sobre las solicitudes de cambio de participantes de los proyectos, sin perjuicio de lo señalado en la letra b) del Artículo 9o precedente. v. Aprobar la prórroga del plazo de ejecución de las actividades del proyecto, modificación de los calendarios de entrega de informes de avance y final, y de entrega de los recursos asociados a éstos, de oficio o previa solicitud fundada del beneficiario de un subsidio. vi. Resolver fundadamente el término anticipado de los Proyectos, por causas imputables o no al beneficiario. vii. Aprobar o rechazar los informes finales, de avance, extraordinarios o de término anticipado de los proyectos y convenios de subsidio. viii. Ejercer todas las atribuciones que permitan un eficiente control y seguimiento de los proyectos, que no importen nuevas asignaciones de recursos. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra t).Enlace06-01-2017
Comunicar a los postulantes, beneficiarios, peticionarios y a terceros las resoluciones, acuerdos, y en general, todas las actuaciones y decisiones emanadas de los distintos órganos del Comité que requieran o se disponga sean informadas. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra u).Enlace06-01-2017
Ejercer las demás funciones y cumplir los otros deberes que el Consejo Estratégico del Comité estime conveniente encomendarle. Resolución Nº 50 que ejecuta acuerdo de consejo Nº 2.826, de 2014. Artículo 10, letra v).Enlace06-01-2017
COMITÉ DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DE LA ENERGÍA SOLARSu objeto es el desarrollo de la industria de la energía solar. Sus funciones son: a) Apoyar la implementación de la política y plan de acción contenidos en el Programa Estratégico Solar (PES), cuya ejecución en su etapa de implementación, fue aprobada por acuerdo adoptado por el Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas - CPIE, en su Sesión N° 02/2015, de 20 de noviembre de 2015 y por acuerdo adoptado por el Comité de Asignación de Fondos-CAF, en su Sesión N° 26/2015, de 3 de diciembre de 2015. b) Articular y/o gestionar iniciativas, tales como programas, proyectos estratégicos, estudios, roadmaps, entre otros, impulsados por el Estado para el desarrollo de la Industria Solar. c) Proponer líneas de investigación y desarrollo en innovación y fomento de la energía solar, colaborar en la coordinación de los centros de investigación en energía solar y apoyar la asociación entre la industria y centros de investigación. d) Apoyar la formación de capacidades para el desarrollo de la energía solar en el país, catalizando procesos de transferencia de conocimientos y tecnología, fomentando vínculos de cooperación con universidades e instituciones que faciliten la formación de profesionales y técnicos en las materias propias de su competencia. e) Brindar apoyo en el diseño de instrumentos de fomento, innovación y financiamiento, destinados a promover una industria local de proveedores de tecnología y servicios para la industria solar con vocación exportadora. f) Monitorear, evaluar y sistematizar los resultados de los instrumentos de fomento e innovación implementados, en especial aquellos ejecutados con recursos públicos. Gestionar las consultas de agentes públicos o privados, que digan relación con programas de investigación, nuevos emprendimientos, prototipos y soluciones basadas en energía solar, y canalizar las distintas instancias que tiene el Estado.Resolución (A) N°89, de 2016, que aprueba el del Reglamento del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar Y sus modificaciones posteriores aprobadas por Resoluciones (A) N°126 y N°215, ambas de 2016 y por Resolución (A) N°48, de 2017.Enlace05/06/2017
Consejo DirectivoIntegración: a) Sr. Ministro de Energía o un representante designado por él, previa solicitud de Corfo. b) Sr. Ministro de Economía Fomento y Turismo o un representante designado por él, previa solicitud de Corfo. c) Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación o un representante designado por él d) El Subsecretario de Minería o un representante designado por él, previa solicitud de Corfo. e) El Subsecretario del Medio Ambiente o un representante designado por él, previa solicitud de Corfo. f) Un representante de la Corporación de Fomento de la Producción, designado por su Vicepresidente Ejecutivo. g) Tres miembros representantes de órganos de la Administración del Estado, del ámbito empresarial, científico, de entidades gremiales, organismos no gubernamentales y/o instituciones de educación superior, con competencias o ámbitos de acción que se relacionen con el sector energía, medio ambiente, industria y/o con el área científico - tecnológica, designados por la autoridad respectiva en el caso de ser representante de un órgano de la Administración del Estado, previa solicitud de Corfo, y por el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación en los demás casos. II.1.B. Atribuciones del Consejo Directivo: El Consejo Directivo tendrá, entre otras, las siguientes facultades: a) Proponer el presupuesto de ingreso y gastos y disponer la ejecución de los recursos dispuestos para el Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar en los presupuestos ya aprobados. b) Apoyar a las instituciones públicas en todas aquellas acciones que favorezcan y promuevan la generación de la industria de la energía solar. c) Aprobar la creación de Programas, Convocatorias, Concursos, y Líneas de Financiamiento de postulación permanente, a propuesta del Director Ejecutivo. Corresponderá al Consejo Directivo determinar el objeto de éstas, los montos y porcentajes máximos de cofinanciamiento, y la definición de los potenciales beneficiarios, siendo el Director Ejecutivo el encargado de aprobar el texto definitivo de las Bases y regular todos aquellos aspectos que no sean sancionados por el Consejo. d) Asignar recursos a proyectos, programas o acciones específicas de apoyo a las energías y los medios de generación renovables no convencionales, de conformidad a las Bases que rijan el instrumento en particular. Resolución (A) N°89, de 2016, que aprueba el del Reglamento del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar y sus modificaciones posteriores aprobadas por Resoluciones (A) N°126 y N°215, ambas de 2016 y por Resolución (A) N°48, de 2017Enlace05/06/2017
Presidente Consejo DirectivoSon atribuciones del Presidente del Consejo Directivo, o de quien lo reemplace, en su caso: a) Presidir las reuniones del Consejo. En caso de ausencia del Presidente, y de su reemplazante, presidirá las sesiones el miembro que designe al efecto el propio Consejo del Comité. b) Dirimir, con su voto, los empates que se produzcan en las deliberaciones del Consejo del "Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar". c) Velar por el cumplimiento de las normas aplicables al "Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar" y de los acuerdos que se adopten. d) Ejercer las demás funciones que el presente Reglamento o el Consejo Directivo le señalen. Resolución (A) N°89, de 2016, que aprueba el del Reglamento del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar Y sus modificaciones posteriores aprobadas por Resoluciones (A) N°126 y N°215, ambas de 2016 y por Resolución (A) N°48, de 2017Enlace05/06/2017
Director Ejecutivoa) Convocar, por escrito, a las sesiones del Consejo Directivo por iniciativa propia cuando lo juzgue necesario, o a solicitud del Presidente del Consejo Directivo. b) Llevar a efecto los acuerdos que adopte el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar. c) Representar extrajudicialmente al Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar. d) Coordinar e implementar las acciones técnicas que posibiliten el pronunciamiento del Consejo Directivo sobre las distintas propuestas. e) Presentar a la consideración del Consejo Directivo del Comité el presupuesto y el programa de gastos. f) Contratar al personal profesional, técnico y administrativo que se considere necesario para ejecutar las actividades del Comité, e informar al Consejo del mismo de estas contrataciones. Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 9 del Decreto Ley N° 1.953, de 1977, por el artículo 62 de la Ley N° 18.482, y en la Resolución Conjunta N° 5, de 2005, modificada por la N°138, de 2007, ambas de los Ministerios de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Hacienda, sus modificaciones o el texto que las reemplace, los trabajadores dependientes que se contraten en uso de esta atribución tendrán carácter de particulares, rigiéndose por el Código del Trabajo y leyes complementarias, en los términos establecidos por la Contraloría General de la República en esta materia. Dentro de esta facultad, el Director Ejecutivo podrá disponer y contratar para los funcionarios del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar, la capacitación que estime necesaria, como también dictar los actos relativos a temas laborales y de seguridad social, sin perjuicio de operar a través de la Plataforma de Recursos Humanos de la Corporación de Fomento de la Producción. g) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo con derecho a voz y designar a un funcionario del Comité para desempeñar la función de Secretario del Consejo Directivo con las siguientes facultades: certificar la asistencia de los miembros al Consejo Directivo, levantar actas de las sesiones, y certificar los acuerdos que el Consejo Directivo adopte en dichas sesiones. h) Cautelar los recursos y bienes del Comité, y confeccionar y mantener al día un inventario de los bienes que el Comité maneje. i) Custodiar los archivos y documentación en general del Comité. j) Disponer todo tipo de procedimientos administrativos, ejecutar o suscribir toda clase de actos, contratos o documentos públicos o privados requeridos para el cabal cumplimiento de las funciones del Comité. k) Ejercer las demás funciones y cumplir los otros deberes que por normativa común o especial le corresponda o el Consejo Directivo le asigne mediante Acuerdo. I) Celebrar contratos de arrendamiento de bienes inmuebles, y suscribir todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a la normativa vigente respecto de la celebración de dichos contratos. m) Contratar personal y expertos nacionales o extranjeros sobre la base de honorarios, que posean los conocimientos necesarios para desempeñar determinadas asesorías o trabajos especializados. n) Promover y desarrollar una red de convenios y vínculos con centros e instituciones, a nivel nacional e internacional, que estén realizando promoción, investigación, desarrollo e innovación en energías y/o medios de generación de fuentes renovables no convencionales, y suscribir y aprobar los Convenios celebrados en cumplimiento de esta función. Resolución (A) N°89, de 2016, que aprueba el del Reglamento del Comité de Desarrollo de la Industria de la Energía Solar Y sus modificaciones posteriores aprobadas por Resoluciones (A) N°126 y N°215, ambas de 2016 y por Resolución (A) N°48, de 2017.Enlace05/06/2017
Comité Minería No MetálicaTomar conocimiento de la cuenta que presente ante él su Director Ejecutivo, fijar sus metas y resultados para cada año, y evaluar su desempeño.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Aprobar y/o modificar iniciativas de apoyo destinadas al cumplimiento de las finalidades del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Aprobar y/o modificar acciones y programas, individuales o conjuntos, destinados al cumplimiento de las finalidades del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Supervisar y evaluar la implementación de sus distintos planes o políticas. Para estos efectos, podrá proponer estrategias y acciones específicasResolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Presidente del ConsejoPresidir las reuniones del Consejo. Si el Presidente no concurriere, presidirá las reuniones el Vicepresidente. Si el Vicepresidente tampoco asistiere, presidirá el Consejero que los miembros asistentes designen al efecto.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Convocar a sesiones del Consejo por iniciativa propia, cuando lo juzgue necesario, o cada vez que se lo soliciten tres de sus miembros titulares, a lo menos.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Velar por el cumplimiento de las normas aplicables al Comité y de los Acuerdos que se adopten.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Dirimir, con su voto, los empates que se produzcan en las sesiones del Consejo.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Directora EjecutivaEjecutar los Acuerdos que adopte el Consejo. Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Suscribir todos los actos jurídicos y/o administrativos necesarios para la fiel ejecución de los Acuerdos del Consejo y/o para cumplir los fines del Comité, que no se encuentren delegados en otros funcionarios del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Celebrar convenios de colaboración y de cooperación con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sus modificaciones, prórrogas, y dictar las resoluciones que los aprueben, como asimismo, dejarlas sin efecto. El Director Ejecutivo podrá, además, instruir al personal a su cargo para el seguimiento de los mismos.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Dictar, aprobar, modificar y dejar sin efecto los reglamentos, instrucciones operativas e instructivos internos que estime necesarios para la adecuada organización y buena marcha del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Celebrar los convenios de subsidio, modificaciones, prórrogas y dictar las resoluciones que los aprueben, como asimismo, dejarlos sin efecto en caso que lo amerite.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Efectuar las compras de bienes y contratación de servicios específicos del giro para todas aquellas actividades que se requieran para el adecuado y eficiente funcionamiento del Comité, de conformidad al presupuesto asignado y conforme a la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Dentro de esta facultad, y sólo a modo ejemplar, podrá aprobar bases de licitación pública o privada, aprobar tratos directos, adjudicar procesos o recurrir a contratación a través de Convenios Marcos disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, dictar todo tipo de resoluciones, sus modificaciones, y aprobar y celebrar los contratos pertinentes.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Celebrar contratos de mandatos; abrir y cerrar cuentas de depósitos; aceptar toda clase de cauciones, cancelar créditos y alzar prohibiciones o cauciones reales, por medio de instrumentos públicos o privados; cobrar y percibir lo que se adeude al Comité y otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; contratar boletas y pólizas de seguro; exigir rendición de cuentas, aprobarlas, objetarlas o rechazarlas; suscribir registros de importación, endosar y retirar documentos de embarque, Pólizas de Aduana, certificados consulares, manifiestos y demás documentos que se requieran para la recepción de mercaderías; cobrar órdenes de pago, giros postales y retirar toda clase de correspondencia ordinaria o piezas certificadas postales, encomiendas y cuanto valor tenga destinado al Comité; arrendar cajas de seguridad, operar con ellas y poner término a su arrendamiento; abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, girar en ellas, efectuar depósitos, retirar talonarios; dar orden de no pago, girar, endosar, cobrar, protestar y cancelar cheques; girar, endosar, descontar, depositar, revalidar, prorrogar, protestar y cancelar letras de cambio, pagarés o cualquier otro documento bancario o mercantil, sean en cobranza o para depósito, y, en general, endosar documentos mercantiles o cualquier documento a la orden; reconocer o impugnar saldos, y solicitar o autorizar cargos en dichas cuentas, y, en general, efectuar todas las operaciones que son de común ocurrencia en el orden bancario. Todas las operaciones del orden bancario deberán llevar para su validez la firma de al menos dos funcionarios del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Celebrar contratos de arrendamiento de inmuebles, comodatos, uso, servidumbres, y usufructo de bienes necesarios para las actividades del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Contratar y finiquitar al personal profesional, técnico y administrativo que se considere necesario para ejecutar las actividades del Comité. Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 9 del Decreto Ley N° 1.953, de 1977, por el Artículo 62 de la Ley N° 18.482, y en la Resolución Conjunta N° 5, de 2005, modificada por la N° 138, de 2007, ambas de los Ministerios de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Hacienda, sus modificaciones o el texto que las remplace, los trabajadores dependientes que se contraten en uso de esta atribución tendrán el carácter de particulares, rigiéndose por el Código del Trabajo y leyes complementarias, en los términos establecidos por la Contraloría General de la República en esta materia. Dentro de esta facultad, el Director Ejecutivo podrá disponer y contratar para los funcionarios del Comité la capacitación que estime necesaria, como también dictar los actos relativos a temas laborales y de seguridad social.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Contratar personal y expertos, nacionales o extranjeros, sobre la base de honorarios, que posean los conocimientos necesarios para desempeñar determinadas asesorías o trabajos especializados, sin perjuicio de las delegaciones que se realicen en este ámbito a otros funcionarios de la Corporación. Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Celebrar contratos de asesorías y/o de prestación de servicios dentro del cumplimiento de los fines del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Definir el organigrama del Comité y distribuir y organizar el trabajo de los profesionales y administrativos, como asimismo, dictar los reglamentos internos para el funcionamiento del Comité.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Difundir, cuando se estime conveniente, los resultados obtenidos en la ejecución de los proyectos apoyados.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Proponer a CORFO anualmente el presupuesto para el año respectivoResolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Rectificar los errores de hecho de que puedan adolecer los Acuerdos del Consejo.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Comunicar a peticionarios y a terceros las resoluciones, acuerdos, y en general, todas las actuaciones y decisiones emanadas de los distintos órganos del Comité que requieran o se disponga sean informadas.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201
Ejercer las demás funciones y cumplir los otros deberes que el Consejo del Comité estime conveniente encomendarle.Resolución Afecta N° 19, de 2016.EnlaceMay 15 201